Solicitud de la primera licencia de caza en Baleares
La persona que esté interesada en obtener una licencia de caza por primera vez debe solicitarla personalmente al Servicio de Caza, de acuerdo con las restricciones de edad definidas.
Para recibir la licencia de caza, los cazadores no residentes en Mallorca que deseen practicar la caza mayor deberán llevar una invitación o permiso firmado por el propietario del coto de caza en el que se celebre la cacería, en el que se especifiquen las fechas de la misma.
Si está solicitando por primera vez una licencia:
- DNI, NIE o pasaporte
- Autorización expresa y por escrito del representante legal en el caso de los menores.
- Prueba de jubilación en el caso de personas mayores de 65 años.
- En su caso, recordar a los no residentes los días de la caza mayor en Mallorca.
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Comunicación de los días de caza mayor para no residentes en Mallorca
Fecha límite de presentación
A lo largo del año
Cuerpo competente
Servicio de Caza
Información adicional: La licencia debe ser solicitada por el Servicio de Caza en persona: C/ General Riera, 111, 07010 Palma. Teléfono: serveicinegetic@conselldemallorca.net, 971 219 854.
De acuerdo con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos dirigidos a los órganos del Consell Insular de Mallorca y a los organismos de los que dependen pueden enviarse por las siguientes vías
- A través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado, por vía telemática (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones a que se refieren los artículos 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, y facultativo para las personas físicas). Para inscribirse en el CEI es necesario un certificado electrónico o una tarjeta de identificación electrónica.
Se prevé que las administraciones públicas y los organismos administrativos del sector público incorporados al Sistema de Interconexión Registral (SIR) del Ministerio de Política Territorial y Función Pública presenten los documentos mediante registro electrónico a las autoridades de la administración insular. - Personalmente (sólo personas físicas) en cualquiera de las Oficinas Registrales de la Administración Insular, de la Administración Regional, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas o de las entidades que constituyen la Administración Local. En la sección de registro electrónico de la sede del Consell Insular de Mallorca se pueden consultar las direcciones de las oficinas del Consell Insular de Mallorca y de las entidades que dependen de él.
- Además, también se pueden presentar documentos por correo (sólo para personas físicas). En este caso, los documentos deben entregarse en un sobre abierto para que, mediante un sello oficial, el personal de la oficina de correos pueda indicar el lugar, la fecha y la hora exacta en que se realizó la inscripción. En el recibo se anotará también esta información.
- En las misiones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En todos los demás lugares establecidos por la nueva normativa.
NOTA: Las partes a las que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligadas a comunicarse electrónicamente con las autoridades. En consecuencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 68.4 del citado Estatuto, si cada uno de estos grupos presenta personalmente una solicitud, la administración pública les exigirá que lo hagan por vía electrónica.
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TARIFA PARA LA EXPEDICIÓN DE PERMISOS DE CAZA
Según el tipo de licencia y su duración, el costo de la tarifa a cobrar varía.
El pago de la licencia no se aplicará a los jubilados, pensionistas y personas mayores de 65 años. Los niños menores de 14 años están excluidos de la tasa de la licencia de pesca fluvial. Las personas federadas tienen un descuento del 50%.
La tasa correspondiente puede ser cargada al Servicio de Caza con una tarjeta de crédito en el momento de la solicitud.
Si en el momento de la solicitud no se efectúa ningún pago con tarjeta, el pago podrá efectuarse posteriormente a partir de un acuerdo de liquidación emitido por el Servicio de Caza, que tiene tres ejemplares: uno para la Administración, otro para el interesado y otro para el banco. En uno de los bancos que figuran en el acuerdo de liquidación, el pago puede efectuarse en efectivo.
Tipos de LICENCIAS más frecuentes:
- A1- Es la licencia de caza más utilizada para la caza menor (conejos, liebres, perdices, codornices, tordos…) con y sin armas de fuego.
- A2- Igual que la anterior, excepto para los menores de 18 años (y mayores de 14) respectivamente. Además, inserte una fotocopia de la tarjeta de identificación del representante legal, y complete y firme su parte de la solicitud.
- B1- Licencia de caza menor pero sin armas (sólo caza con perro, tordos de hilo, arcos, perdices con pinzas de Menorca…)
- B2 – La misma licencia que antes, pero para menores de 18 años (y la fotocopia del representante legal).
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TASAS LICENCIAS
VALIDEZ DE LAS LICENCIAS
Se pueden hacer licencias por un período de 1, 2 o 3 años. Pesca fluvial por un año natural y A3 -A4 -B3 -B4 y C5 pesca especial por un mes y A5 licencia por 5 días)
Documentación de aprobación de licencias de caza:
- Pago de la tasa: el formulario único de solicitud y documento de ingreso del Consejo de Mallorca o el servicio de caza del Consejo de Mallorca con una tarjeta bancaria.
- Fotocopia del DNI / NIE / Pasaporte en el caso de la primera solicitud de licencia o de la licencia anterior expedida por el solicitante. Casos en los que la dirección o datos de contacto de los intermediarios son y no se corresponden con los del cazador autorizado (es decir, los mencionados en los documentos de identificación).
- Las licencias menores suelen requerir el consentimiento expreso del representante legal, con una fotocopia del DNI / NIE / pasaporte adjunto.
- Prueba de retirada en caso de ser menor de 65 años.
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Las especies que son cazables con la licencia de caza de Baleares
Parte de la práctica de la caza es la caza de especies. Los tipos de caza permitidos y el calendario anual se rigen por la Orden de los Vedas, publicada para cada temporada de caza.
Hay 23 aves que pueden ser cazadas y 3 mamíferos. Por un lado, el conejo y la liebre como especies de caza menor y la cabra como pieza de caza mayor; y por otro, toda una serie de especies de plumas: la perdiz, la codorniz y el faisán; las numerosas aves acuáticas, los patos (9 especies diferentes), la focha y el gallinago; las cuatro especies de tordos, el estornino, la becada, la paloma torcaz, las palomas (turcas y comunes) y las palomas (turcas y comunes)
La perdiz, el conejo y el zorzal son los tres animales más importantes de las Islas Baleares. Cuantitativamente, la paloma torcaz y la becada son muy importantes.
Por lo tanto, las siguientes especies pueden ser capturadas: el conejo (Oryctolagus cuniculus), la liebre (Lepus granatensis), la perdiz (Alectoris rufa), la codorniz (Coturnix coturnix), el faisán (Phaisanus colchicus), la paloma torcaz (Columba palumbus), la paloma salvaje (Columba livia), la tórtola (Streptopelia turtur), la tórtola europea (Streptopelia decaocto), la paloma torcaz (Scolopax rusticola), el estornino (Sturnus vulggus turtur)
Las armas de fuego, la gaviota de patas amarillas (Larus michahellis), el gato montés (Felix catus) y el coatí (Nasua nasua) también pueden ser asesinados en días de trabajo.