A fin de asegurar una distribución justa, la concesión de permisos de caza se hace después de un sorteo público entre las partes interesadas que demuestren su voluntad de participar en él.

PASOS de palomas migratorias
La caza de palomas migratorias desde posiciones fijas en pasajes tradicionales será controlada por la Orden que especifica, para cada temporada y por resoluciones de la Dirección General profesional, los límites y las temporadas de trabajo de la caza.
La expedición de permisos para la caza de palomas migratorias en pasajes tradicionales para cada temporada se hace antes de la celebración de sorteos públicos a fin de garantizar una distribución equitativa de los puestos.
No se cobrará ninguna tasa a los interesados por la obtención de los permisos.
Fecha límite de presentación
Del 15 de julio al 14 de agosto, incluyendo ambos.
Formularios de solicitud
Se puede acceder al formulario de solicitud de tramitación en persona o por Internet con una firma electrónica a través del siguiente enlace:
https:/gestionesytramites.madrid.org/cs/Satélite? Cid= 1354654007568&c= CM-Tramite-FA&noMostrarML= true&pagename = ServicesAE percent 2FCM-Tramite-FA percent 2FPSAE-fichaTramite&pageid=1255430110037
Entra en la sección Gestión > PROCESAMIENTO: Solicitud de participación en los sorteos de PERMISOS DE CAZA DE PALOMAS MIGRANTES desde un lugar fijo en pasos convencionales.
NOTA: Esta técnica sólo estará disponible durante el tiempo en que la solicitud esté abierta.
Sorteo del 2020
Fecha: 14/9/2020 a las 10:00 h
Lugar: Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad Sede C/ Alcalá, nº 16
Como se establece en el artículo 26 de la Orden 1528/2020, que fija los límites de caza y las temporadas de trabajo durante la temporada 2020-2021.
Debe concertar una cita para asistir al sorteo llamando al 914 38 26 82 / 87 de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes. La capacidad está limitada a 10 personas.
El resultado del sorteo: Número 0344
Lugar de la elección: Oficina de Licencias de Caza y Pesca, c/ Gran Vía, 3, 28013 Madrid
VEDA DE CAZA
La operación de caza en los pasajes aprobados tiene lugar del 8 de octubre al 8 de noviembre, todos ellos incluidos.
Durante el desarrollo de esta modalidad de caza sólo se pueden abatir palomas y tordos, no estando permitido poseer o utilizar balas durante el ejercicio de la misma.
Pasos clásicos
Los pasos tradicionales de la paloma migratoria permiten practicar esta actividad de caza.
Hay 11 pasos en la Comunidad de Madrid con una secuencia de puestos fijos. Se encuentran en las zonas montañosas más altas de la cuenca, principalmente en la Sierra de Guadarrama y Sonsaz.
De los 11 pasos existentes, el Ministerio Federal encargado del medio ambiente supervisa los siguientes pasos:
- El de Boquerón (Canencia)
- Alto de la Hiruela (Reserva Nacional Sonsaz)
- Collado de las Palomas (Reserva Nacional Sonsaz)
- El Salinero (Reserva Nacional Sonsaz)
El resto de los pasos están dentro de los cotos de caza privados y, por lo tanto, su control depende de sus propietarios.
Los postes están puestos, y está prohibido volar escopetas y cabalgar más allá de los postes con las armas desenfundadas. En cualquier caso, esta modalidad de caza se ajustará a lo definido en el reglamento específico que la regula.
Línea de tiro
Se formará una sola línea de fuego fija en todos los pasos declarados tradicionales en la Orden, coincidiendo, siempre que sea posible, con la línea divisoria de aguas.
Coincidencia de una línea de fuego con otros cotos de caza de régimen especial:
En caso de que la línea de fuego entre en conflicto con los límites de reservas privadas o zonas sujetas a otro régimen especial de caza, los propietarios de dichas reservas tendrán derecho, en función de la longitud de la línea de fuego y del límite de la caza, a utilizar por igual el número de puestos que les corresponda.
A tal fin, y para evitar situaciones conflictivas, se entiende que la mencionada línea de tiro es normal aunque, por razones topográficas, se formen tales posiciones hasta un máximo de 100 metros por detrás o por delante de los límites del coto de caza.
Coincidencia de líneas de tiro en otras poblaciones autónomas con cotos de caza de régimen especial:
Si la línea de fuego coincide con los límites de los cotos de caza u otras zonas de régimen especial de caza en otras Sociedades Autónomas, se procurará llegar a un acuerdo para compartir las posiciones con los propietarios. La asignación de los puestos en el territorio de la Comunidad de Madrid será determinada, si no es posible, por el órgano competente de la Consejería de Medio Ambiente.
Limitación de la toma de posesión
La Dirección General competente de la Comunidad de Madrid puede, si las circunstancias técnicas o biológicas así lo requieren, fijar el número máximo de piezas a disparar diariamente en cada puesto.
Pasos tradicionales
Excepto durante la temporada de caza, los puestos de los pasos tradicionales afectados por las leyes del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama pueden ser cambiados.
- La separación mínima entre los postes fijos será de 50 metros, permitiendo que uno o dos cazadores ocupen cada uno de ellos.
- Está prohibido durante la ejecución de la caza en los pasos convencionales:
- La práctica de la caza, en una franja de seguridad de 500 metros alrededor de la línea de tiro.
- Utilizar o ir acompañado de perros en los puestos de tiro y cinturones de seguridad, tanto sueltos como atados.
- Disparar a los postes en el exterior.
- Disparar a la línea de fuego y a la franja de seguridad.
- Caminar a través de la zona de seguridad de las armas.
- El cazador debe retirar, al final de la jornada de caza, los cartuchos utilizados en su puesto.
- El incumplimiento de estas obligaciones resultaría en la cancelación o negación de futuros permisos.
Sorteo para el jabalí
La caza de jabalíes se controlará mediante una Orden que establezca, para cada temporada, los límites y los períodos de trabajo de la caza, y mediante resoluciones de la Dirección General profesional.
El tiempo de trabajo para la caza de jabalíes, todos ellos incluidos, será del 8 de octubre al 21 de febrero del año siguiente.
La gestión de la caza de jabalí en la Reserva Nacional de Caza de Sonsaz y en las Zonas de Caza Controlada de los Valles del Lozoya y Manzanares y Valdemaqueda es responsabilidad del Departamento de Aptitudes Ambientales. Tras un sorteo público, se conceden licencias de caza de jabalí en estas zonas para cada temporada.
Cada Sociedad Local de Caza puede exigir a cada cazador la obtención de un permiso por un máximo de 90 euros, que debe ser pagado por el oferente efectivo, para obtener los permisos y para los gastos de la caza (organización, re-cacería, etc.). Cada Sociedad Local de Caza decidirá si las piezas abatidas permanecerán en posesión de los cazadores y les notificará en el momento de organizar su asistencia a la caza.
Plazo de presentación: Del 15 de julio al 14 de agosto, incluyendo ambos.
Es posible realizar la caza de jabalíes:
Jueves, sábados, domingos y festivos durante la temporada de caza menor en cotos de caza privados, hasta 6 cazadores y 6 perros, por salto o a mano. El plazo dura hasta el cierre de la temporada de caza en los cotos de caza mayor.
Se puede cazar todos los días: Jueves, sábados, domingos y festivos durante el horario y tiempo hábil para la caza menor en cotos privados de caza, con armas o con arco. El tiempo se prolonga hasta el final de su temporada de trabajo en los cotos de caza mayor.
Se puede cazar por la noche: Jueves, sábados, domingos y vacaciones de la temporada de trabajo en los cotos privados de caza mayor y caza menor. Se requiere una comunicación con al menos 10 días de anticipación. Para esta modalidad se permite el uso de fuentes de luz artificial (linternas y focos), pero se prohíbe el uso de armas amplificadoras de la visión para los disparos nocturnos o de dispositivos electrónicos de imagen.
En los cotos privados de caza con una superficie superior o equivalente a 250 hectáreas, protegidos por las regiones forestales 6 , 7, 8, 9, 10, 11, 15 y 16, se pueden cazar jabalíes de lunes a viernes durante el período comprendido entre el 1º de mayo y el 31 de agosto. Será conveniente un contacto previo de 10 días antes del inicio del ejercicio, indicando la región donde se realizará la actividad. El uso de escopetas y arcos suele estar aprobado para las reservas de caza menor y para las armas de fuego y arcos para las reservas de caza mayor. En los cotos de caza privados de las restantes zonas forestales, la autorización deberá solicitarse con antelación.
En ambas situaciones, para llevarlas a cabo, los cotos de caza deben tener las modalidades correspondientes contempladas en su Estrategia de Explotación Cinegética.
En general, está prohibida la matanza, en todo momento, de hembras de jabalí acompañadas de jabatos. Asimismo, se prohíbe la caza de crías de jabalíes durante sus dos primeros años de vida.