1. Medidas ANTES de CAZAR PARA PARTICIPANTES Y ACOMPAÑANTES EN Eventos de caza
Para confirmar si puede tener síntomas de COVID-19, cada participante en una cacería debe realizar una autoevaluación, si es así, debe quedarse en casa y notificar a los servicios de salud.
Además, cualquier participante que haya estado en contacto con una persona que haya dado positivo en la prueba de COVID-19 debe preservar, incluso en ausencia de síntomas, la cuarentena definida por las autoridades sanitarias.
Asimismo, la distancia mínima de protección interpersonal de al menos 1,5 m, prevista en el Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, será mantenida por todos los participantes en una cacería (cazadores, acompañantes, organizadores, reeducadores, personal auxiliar, etc…) sin síntomas y sin diagnosticar.
En el marco de las medidas generales de higiene previstas en la ORDEN 668/2020, de 19 de junio, se deberá reordenar la correcta y regular higiene de las manos con agua y jabón, gel y gomina.
Solución hidroalcohólica o desinfectante.
Mientras que, tras la publicación de la ORDEN 920/2020 de 28 de julio, todas las personas de seis años o más están obligadas a aprovechar la ORDEN 920/2020 de 28 de julio,EEn varios casos, estas máscaras no serán necesarias. Con este fin, como se menciona en la nueva redacción del párrafo 5 anterior, Séptimo, expresado en la ORDEN 920/2020 de 28 de julio: se recomienda el uso de una máscara en una mascarilla como medida de precaución.
Espacios privados, tanto abiertos como cerrados, en los que se celebren reuniones o en los que puedan converger no habitantes, aunque se pueda garantizar la distancia de seguridad.
MASCARILLA ADECUADA
El deber de llevar una mascarilla también está relacionado con su uso adecuado, de modo que se extienda desde el tabique nasal hasta la barbilla. No es apropiado ajustar la máscara con una válvula de exhalación.
Se recomienda que se registre por lo menos una EPI de repuesto con antelación, incluyendo la documentación vigente por vía telemática (correo electrónico, whatsapp, etc …):
- la tarjeta de identificación.
- la licencia de caza.
- Seguro de Responsabilidad Civil.
- Permiso para las armas.
- Papel de asignación para armas de fuego o animales de caza auxiliares.
- Declaración de deber ante el COVID 19, según lo exigido por el organizador o el club de caza.
Es aconsejable evitar los acompañantes esta temporada, si no es posible, es aconsejable 1 acompañante por lugar.
ORGANIZADORES
En cumplimiento de las disposiciones obligatorias de la ORDEN 920/2020, de 28 de julio, relativa a los salones de banquetes, se aconseja a los organizadores de la caza que lleven un registro con información sobre los salones de banquetes.
INFORMACIÓN ACTUALIZADA
La fecha y la información de contacto de los participantes, para fomentar su ubicación, por las autoridades sanitarias a fin de facilitar la llegada de los participantes a su lugar.
En los casos en que se descubra posteriormente la participación en casos positivos, probables o potenciales de COV 19, seguimiento y ubicación de los posibles contactos. La recopilación de esos datos supondrá el consentimiento de la persona interesada, sin tener en cuenta la condición de que, en caso de que no se confíe en ella, el derecho a participar por motivos de salud pública será condicional. Esos datos deberán mantenerse durante un máximo de 28 días con las debidas garantías de conformidad con los criterios.
Derivado de las normas de carácter personal para la seguridad de los datos.
NO INTERACCIONAR
Se recomienda evitar en la medida de lo posible las interacciones interpersonales, prohibir los saludos, el suministro de documentos y el intercambio de utensilios, utensilios de comida o bebida (ORDEN 668/2020 de 9 de junio).
En la celebración de los sorteos, se procurará evitar el uso de tarjetas de uso generalizado, fomentando el uso de dispositivos que impliquen el uso de electrónica, pizarras, carteles u otros medios similares.
La ORDEN 668/2020 del 19 de junio obliga a todos los responsables de la caza a proporcionar un plan de acción que especifique detalladamente las medidas de prevención e higiene a aplicar. Muéstrelo a todos los participantes y envíelo junto con la solicitud de autorización
LA CAZA
Se recomienda a los que ya tienen autorización, si lo solicitan las autoridades competentes, aplicar este plan a los documentos de caza.
La asignación de puestos se efectuará por medios telemáticos o en espacios abiertos, siempre que se pueda garantizar la preservación de una distancia segura de otras personas para la convivencia, teniendo en cuenta la posible rivalidad entre las personas y el tamaño del lugar. El cazador podrá también ser acompañado al puesto asignado, asegurando en todo momento medidas higiénicas de aplicación general.
RESPONSABLE DE OPERACIÓN
A fin de asegurar el cumplimiento adecuado de las medidas de seguridad, el responsable de la operación de caza se encargará de organizar a los cazadores, los acompañantes, los reincidentes y el personal auxiliar de caza.
Los participantes en la organización deberán llevar en todo momento gafas protectoras y guantes para el manejo de los juegos de tiro.
Los participantes en la búsqueda dispondrán de EPI de repuesto y geles hidroalcohólicos.
Establezcan uno o más puntos de encuentro en los que se pueda garantizar una distancia de seguridad mínima de 1,5 m. La ORDEN 668/2020, de fecha 19 de junio, prevé una Sección sobre el uso de máscaras para el transporte terrestre en la Ciudad de Madrid, que no requiere el uso de máscaras cuando todos los habitantes, incluido el conductor, se alojan en el mismo edificio.
De ello se deduce que el uso de máscaras para todos los habitantes no residentes es OBLIGATORIO. También se recomienda desinfectarse las manos antes de entrar y salir de la casa.
En cumplimiento de lo dispuesto en la ORDEN 997/2020, de 7 de agosto, además del cumplimiento general de las medidas de higiene y prevención previstas, cuando se preste una determinada forma de servicio de hotel y restaurante, el valor del servicio de hotel y restaurante se ajustará al valor previsto en los términos y condiciones en beneficio del servicio de hotel y restaurante.
2. Comportamiento DURANTE la actividad de caza
Mientras que desde el momento en que se emitió la orden 920/2020, 28 de julio, todos los individuos en
Seis años después, se ven obligados a usar estas máscaras no serán necesarias en varias máscaras. Para este propósito, como se estableció por la Nueva redacción del séptimo párrafo del punto 5, expresada en la ORDEN 920/2020 de 28 de julio: Se sugiere, como medida de precaución, que se utilicen máscaras en los espacios privados, tanto abiertos como cerrados, en los que se celebren reuniones o en los que exista una posible confluencia de personas, ni siquiera si se puede asegurar la distancia de seguridad.
- El deber de usar una máscara también se relaciona con su uso adecuado, de modo que se extienda desde el tabique nasal hasta el mentón.
- No es apropiado ajustar la máscara con una válvula de exhalación.
- Cada cazador permanecerá en su puesto durante toda la acción de caza y sólo podrá alterar su papel con el permiso del responsable de la caza.
- Todo suceso o problema que pueda ocurrirle a un cazador durante la creación de la operación debe ser comunicado al autor y él puede decidir qué hacer.
- Los utensilios y el equipo para cocinar no deben ser intercambiados
3. Las actuaciones posteriores para la operación de caza.
La distribución de las piezas se llevará a cabo con un mínimo de los participantes (comprobando previamente los límites establecidos en la normativa) aseguran el mantenimiento de la distancia mínima de seguridad definida e, idealmente, el uso del equipo de protección personal requerido.
Además, la selección de los perros de caza será llevada a cabo por sus guías o adiestradores de perros de la misma manera que la distribución de las piezas.
Además de cumplir con el Reglamento Sanitario Básico y el RD-50 (normativa que regula el control de los subproductos animales no destinados al consumo humano y el bienestar animal, la caza en la práctica), se recomienda el uso de EPP y guantes para destripar y vestir las piezas, así como para mejorar la limpieza y desinfección de las mismas.
Utensilios y cuchillas
Detener el contacto con la sala de despiece y el personal veterinario en las uniones de carne. En bolsas selladas, entrega de premios. Organizar la entrega de vacas o trofeos por separado en caso de autoconsumo o colapso.
Si es posible, sería conveniente tener una bañera con tapa y un pedal en el que almacenar algún material desechable. Al final de cada cacería, este recipiente se lavará y desinfectará.
Para que los taxidermistas los recojan, los manipulen y los entreguen a su dueño, se le indicará al cazador el código de identificación del trofeo.
MEDIDAS SANITARIAS DE USO COMUN
Las medidas sanitarias de uso común recomendadas por las autoridades para la regulación de COVID-19 (eliminación higiénica de máscaras , guantes, higiene personal, lavado de ropa, desinfección del interior del camión, remolques, etc.) deben aplicarse al regresar a sus lugares de origen.
Cajas para el transporte y los utensilios utilizados, etc.).
Sugerimos que se desinfecten todos los elementos utilizados durante la jornada de caza (armas, cananas, bolsas, mochilas y, por supuesto, ropa y botas), así como los animales auxiliares de caza.
Se recomienda no fotografiar a los grupos de personas que no conviven sin una máscara o sin cumplir las distancias mínimas de seguridad interpersonal requeridas.